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LAS FUERZAS CASTRENSES Y EL MOBBING LABORAL MEJOR CONOCIDO COMO ACOSO LABORAL

Nuevamente es un gusto saludarles y reiterarles mi agradecimiento a las personas que hacen posible estas líneas, donde me hacen comentarios y retroalimentan para una mejora desde diferentes puntos de vista respecto a los temas que escribo, también los que me sugieren nuestros amables lectores.

Hoy hablaremos del acoso sexual y el hostigamiento laboral, que se da en diferentes áreas pero no solamente sobre un género, como generalmente se hace, y que no es una problemática exclusiva de las Fuerzas Armadas, sino en muchos de los diferentes ámbitos laborales así como en la diversa estratificación de los mismos; como bien se sabe, desde hace algunos años se ha incrementado la capacitación constante en las fuerzas armadas, tanto como una necesidad real como también requerida debido a diversas recomendaciones observadas por las diferentes instancias de Derechos Humanos tanto en el ámbito nacional como internacional, pero, ¿qué pasa con las demás entidades tanto públicas como privadas?

Esta problemática sigue siendo un mal en muchas instancias tanto gubernamentales como de empresas privadas donde en pleno Siglo XXI se siguen manifestando este tipo de comportamientos muy a pesar de la enorme cantidad de información y capacitaciones que existen al respecto.

Pero en esta ocasión solo tocaremos un punto muy general sobre estas conductas y que se le conoce como “mobbing o acoso”, y que en la actualidad no solo se refiere a aquel que se da del hombre hacia la mujer, sino que también se observa de la mujer hacia el hombre, con lo que esto ya no es una problemática exclusiva de un género (como se consideraba anteriormente), y se está volviendo en una constante tanto en entidades de gobierno como en las empresas del sector privado. 

Pero ¿qué es el mobbing laboral, o bullyng laboral o acoso?, bien pues brevemente les hablaré de esta problemática.

Es una situación la cual se produce en el lugar de trabajo, y consiste en acosar al trabajador (a) de forma continua y reiterada, con la intención de atentar contra su integridad.

El acoso se produce de diferentes formas: amenazas, violencia psicológica, agresiones verbales, acorralamiento, eliminación de funciones, vigilancia constante, estas acciones provocan problemas psicológicos hacia un individuo de subordinado en un determinado grupo, las mencionadas acciones tienen el objetivo de producir miedo, desprecio o depresión en ese trabajador (a), hasta que renuncia o es despedido (a).

Pero ¿dónde se encuentra fundamentado este tan nombrado “mobbing laboral o acoso laboral”? veamos algunas leyes y sus artículos:

La Ley federal del Trabajo en su artículo tercero, nos dice que el trabajo es un derecho y un deber social, el cual no es artículo de comercio, así mismo, que no podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana. (CAMARA DE DIPUTADOS, CONGRESO DE LA UNION, 2015)

La misma Ley en su artículo tercero Bis, menciona que para los efectos de esta se entiende por: 

  1. Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas; y 
  2. Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

(CAMARA DE DIPUTADOS, CONGRESO DE LA UNION, 2015)

La Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia en su Título II Modalidades de la violencia, Capítulo 2 De la Violencia Laboral y Docente, Artículo 10, menciona que la violencia laboral y docente es ejercida por las personas que tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad. Esta acción puede consistir en un solo evento dañino o en una serie continua o reiterada de eventos cuya suma produce el daño. También incluye el acoso o el hostigamiento sexual. (CAMARA DE DIPUTADOS, CONGRESO DE LA UNION, 2021)

La anteriormente mencionada Ley en su Artículo 11nos hace mención que constituye violencia laboral: la negativa ilegal a contratar a la víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas. (CAMARA DE DIPUTADOS, CONGRESO DE LA UNION, 2021)

El Código Penal Federal en su Título Decimoprimero, Delitos cometidos contra la administración de justicia,Capítulo I, Delitos cometidos por los Servidores Públicos, el Artículo 225 en su fracción XXXIV, indica que son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos, quien obligue a una persona a renunciar a su cargo o empleo para evitar responder a acusaciones de acoso, hostigamiento o para ocultar violaciones a la Ley Federal del Trabajo. (CONGRESO DE LA UNION, CAMARA DE DIPUTADOS, 2021)

Bueno como podemos ver y analizar, es un tema demasiado amplio, que no solo nos hace ver el alcance y la dimensión que tiene el mobbing o acoso laboral, y esto sin referirnos a un género en específico, en la actualidad se da entre ambos géneros de manera indistinta.

Merece especial mención que es cierto que la Secretaría de la Defensa Nacional ha implementado y capacitado mucho al personal castrense, buscando erradicar este tipo de conductas y hacer conciencia sobre el tema, y por supuesto que se han reducido las denuncias o quejas en contra del mismo personal, sin embargo, esto es un mal latente.

Ahora bien, es cierto que las Fuerzas Armadas con el ingreso de la mujer a sus filas, se generaron muchas situaciones de vulnerabilidad derivadas de esta nueva etapa de convivencia laboral entre los diferentes géneros, haciendo necesario y prioritario la capacitación a las tropas sobre dichos temas y esto debe ser una capacitación constante y permanente.

Aclaro que aun y con la capacitación, no quiere decir que actualmente ya no suceda, ni que ya no vaya a pasar y que mágicamente todo es miel sobre hojuelas, porque, por supuesto que no es así, y que de igual forma que en otras dependencias tanto públicas como privadas, sigue pasando, y lo vemos con las personas intolerantes (nota, no misóginas, ni misándricas, los cuales son extremos de odio), refiriéndome de igual manera a los diferentes géneros porque no es exclusiva de uno solo, sino de ambos.

Si bien es cierto que se sigue trabajando y llevando a cabo capacitaciones, talleres, y cursos, aún falta mucho por hacer, pues sigue pasando, sigue habiendo lugares donde claramente se observa esa desigualdad, cabe aclarar que en las fuerzas armadas no hay una batalla campal con respecto a los salarios, porque se rigen por un tabulador de grados, si podemos verlo en otras dependencias así como en la iniciativa privada, solo bastaría con darle una revisada a los sueldos desproporcionados que versan en esos lugares y que aunque muchas veces el trabajo que realizan es mayor, ganan menos con respecto de sus contrapartes masculinos.

Sin embargo, en las fuerzas armadas nos topamos también con cierta desproporcionalidad de género, y esto me refiero a que tampoco manejan la equidad, con los servicios, por ejemplo, de dia por que es mujer de noche por que es varón, y si somos ambos géneros iguales ante la ley, debemos serlo en también todos los aspectos, no solo a conveniencia de unos (as) cuantos (as). 

Lo mismo sucede en algunos cargos, claro esta decirse, que en las fuerzas armadas empezamos a ver a mujeres ya con puestos altos, y que, si bien es cierto que apenas se empieza a ver, es por lo mismo que tiene poco tiempo que inicio la incursión de la mujer en este medio.

Sin embargo, esto también sucede en algunas dependencias, donde se busca poner en cargos a uno u otro género por el solo hecho de serlo o de que es la forma correcta de proceder porque su titular es de tal o cual género, es aquí en donde encontramos más marcadas las desigualdades y que inconscientemente provocan esa intolerancia por el género contrario.

Como vemos es un tema bastante extenso y por demás controvertido, pero lo dejo abierto para comentarios al respecto, dejo entonces estas preguntas de reflexión a nuestros amables lectores, ¿qué necesitamos para que realmente exista un verdadero balance de géneros?, ¿qué acciones debería de tomar el gobierno para que efectivamente desaparezca tanto en las instituciones públicas como en la iniciativa privada ese desafortunado “mobbing”? y más importante aún ¿qué estamos dispuestos a hacer cada uno de nosotros para dejar de hacer y dejar de permitir este tipo de situaciones?.

Seamos honestos y analicemos realmente nuestro entorno, ¿hay igualdad de género?, y ¿por qué muchas veces la balanza se inclina hacia uno u otro género?, espero sus amables comentarios para la retroalimentación y de ser posible darle continuidad al tema.

Amables lectores ¡muchas gracias!

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